La justicia porteña rechazó el pedido para declarar «sujetos de derecho no humano» a tres chimpancés que viven en el Ecoparque. El objetivo de esta declaración era que sean liberados y trasladados a un santuario de animales en Brasil.
Martín, Sasha y Kangoo -tres ejemplares de 49, 20 y 10 años- viven «en condiciones precarias» en el Ecoparque de Palermo, hasta hace poco conocido como zoológico de Buenos Aires, contó Pablo Buompadre, presidente de la Asociación de Funcionarios y Abogados por los Derechos de los Animales (Afada) que presentó el recurso.
Sin embargo, el hábeas corpus que Afada presentó el 28 de noviembre ante el juzgado en lo Penal Contravencional y de Faltas N° 17 de la Ciudad, a cargo de Norberto Tavosnanska, fue desestimado.
Los ambientalistas aseguraron que Tavosnanska utilizó «insólitos argumentos» como que el hábeas corpus «no era idóneo» y que no estaba comprobado que el santuario destino de los animales cuente con «las condiciones necesarias para su adecuada residencia».
«Los animales deben ser considerados como sujetos de derechos no humanos», afirmó el fallo de la Cámara, para la que los animales «poseen derechos, garantías y obligaciones», aunque sostuvo que el hábeas corpus no resguarda «el derecho a la libertad de quienes no son personas humanas».
Al día siguiente, la Sala I de la Cámara de Apelaciones del Fuero Penal porteña -a la que se había elevado la causa en carácter de «consulta»- confirmó el fallo de primera instancia al asegurar que «no es posible asimilar a los animales a personas humanas».
Según Afada, con su decisión los jueces han provocado «una regresión injustificada en la jurisprudencia argentina» en lo que respecta al reconocimiento de derechos animales en los casos de la orangutana «Sandra» y la chimpancé «Cecilia» de Argentina, y el oso «Chucho» de Colombia.