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Un proyecto de ley permite el uso de glifosato a 10 metros de las casas

Un proyecto de ley que ya tiene media sanción en el Senado bonaerense achica las distancias de uso del herbicida respecto de las casas habitadas. Organizaciones sociales y asambleas de pueblos fumigados denuncian que la iniciativa es inconstitucional y que se privilegia a las empresas nucleadas en la Asociación de Productores de Siembra Directa (Aapresid) y la Cámara de empresas de agroquímicos (Casafe) por sobre la población.

El ministro de Agroindustria de Buenos Aires y ex gerente de Monsanto, Leonardo Sarquís, lo anunció a días de asumir: trabajaban en una nueva ley provincial de agroquímicos.

El 6 de julio el Senado bonaerense dio media sanción a una ley que permite fumigar a 10 metros de las viviendas: el proyecto de ley determina que entre los productos que podrán usarse están el herbicida glifosato, categorizado por el IARC como “probable cancerígeno” y ubicado en el segundo escalón de peligrosidad en una escala de 1 a 5; atrazina (su principal comercializadora es la multinacional Syngenta); clorpirifos y el también cuestionado herbicida 2,4-D.

“Es un proyecto de ley que desconoce absolutamente las denuncias y enfermedades que se dan en todo el país respecto a las fumigaciones y también ignora las evidencias científicas y legales que acreditan la necesidad de proteger al ambiente y a la salud de la población. No existe argumento ni técnico ni científico que justifique esta ley”, denunció Gabriel Arisnabarreta, ingeniero agrónomo, productor de alimentos sin venenos e integrante de la organización Ecos de Saladillo.

El Senasa clasifica los químicos en cinco categorías: IA (sumamente peligroso, muy tóxico, banda roja), IB (sumamente peligroso, tóxico, banda roja), II (moderadamente peligroso, banda amarilla), III (poco peligroso, banda azul) y IV (normalmente no ofrece peligro, banda verde).

La clasificación es muy cuestionada a nivel nacional e internacional porque está realizada en base a estudios de las propias empresas que comercializan los venenos y porque solo considera la toxicidad aguda (producida en el momento de la manipulación) y deja de lado la afectación crónica (por largos periodos de tiempos, por ejemplo no contempla a las familias expuestas a continuas fumigaciones, donde los químicos son más nocivos).

El proyecto de ley fija distancias de 500 metros para fumigaciones aéreas y las reduce a 100 metros (para productos de clase IA, IB y II) y diez metros para las categorías III y IV. “Es una burla. Los más usados hoy están en las categorías III y IV, sobre ellos hay numerosos estudios científicos que tienen efectos crónicos que afectan la salud pero igual te lo echarán hasta la puerta de tu casa”, alertó Arisnabarreta.

La Corte Suprema de Buenos Aires falló en 2012 y prohibió fumigar a menos de 1000 metros de las viviendas. Fue una sentencia que protegió a María Cristina Monsalvo y Víctor Fernández (de la localidad de Alberti), que sufrían las aspersiones con glifosato, atrazina y cirpermetrina de un campo de soja vecino. El máximo tribunal de Buenos Aires citó el principio precautorio vigente en la ley: ante la posibilidad de perjuicio ambiental es necesario tomar medidas protectoras.

En Argentina existen más de cien trabajos científicos de universidades públicas de Río Cuarto, La Plata, el Litoral, UBA y Rosario, entre otras, que dan cuenta de las consecuencias de los agrotóxicos en poblaciones.

Lucas Landívar y Juan Ignacio Pereyra son parte del colectivo Abogados de Pueblos Fumigados, espacio nacido de las comunidades afectadas por la consecuencias de la agricultura química. Afirman que el proyecto de ley es inconstitucional porque atenta contra legislaciones que protegen la salud y el ambiente, y explicaron que es un proyecto regresivo porque reduce protecciones ambientales que ya están vigente en leyes anteriores. Y agregan que tampoco hubo audiencias públicas como establece la normativa vigente.

 

Fuente: Página 12