El juez penal del departamento sanjuanino de Jáchal, Pablo Oritja, archivó la investigación por el segundo derrame en la mina Veladero, que opera la multinacional Barrick Gold, porque “no hay comisión de delito” y el derrame “no alcanzó ningún curso de agua”.
El derrame se produjo en la madrugada del 8 de septiembre de 2016, cuando, según la empresa, un bloque de hielo se desprendió de la montaña, golpeó una cañería que conducía “solución cianurada dentro del valle de lixiviación y provocó que se desacoplara», dejando escapar una cantidad no determinada de líquido.
El incidente fue advertido por el personal de guardia “y se concretaron las tareas necesarias para su contención dentro de la zona segura”, había dicho Barrick al comentar el caso.
Asimismo, según el fallo del juez, «el líquido que emanaba de la cañería desacoplada produjo un derrame de ripio que desbordó el valle de lixiviación y cayó en un camino de servicio, desde donde fue remitido a su lugar a tiempo y no produjo contaminación porque no se desplazó hasta algún cauce de agua”.
El archivo de la causa había sido solicitado la semana pasada por el fiscal Sohar Aballay, quien investigaba la posible contaminación de agua con residuos peligrosos, aunque sostuvo en su presentación ante el juez que “el incidente no se puede encuadrar en un delito”.
Mientras tanto, el juez Oritja confirmó que dispuso la elevación a juicio en la causa iniciada por el primer derrame en la mina de oro sanjuanina, ocurrido en septiembre de 2015, cuando se volcaron más de un millón de litros de agua presuntamente contaminada con solución cianurada sobre el río Potrerillos y que afectó al río Las Taguas.
Por ese derrame, que llegó al río porque una compuerta que debía estar cerrada estaba abierta, están procesados ocho altos empleados de la empresa Barrick Gold que tenían a cargo el control y la seguridad del proceso.
Finalmente, en la causa por el tercer derrame en un año y medio que sufrió Veladero, ocurrida en marzo de 2017, el juez Oritja dijo que suspendió el proceso “hasta tanto la Suprema Corte de Justicia resuelva el conflicto de competencias”.