El consumo excesivo de azúcar es uno de los determinantes de la epidemia de obesidad que afecta al mundo, la cual trae como consecuencia diabetes e hipertensión arterial. A su vez, estas dos últimas producen enfermedades cardiovasculares (como infartos y accidentes cerebrovasculares) e insuficiencia renal crónica.
“Estas son las primeras causas de mortalidad en el mundo y afectan a personas jóvenes y en edad productiva”, sostiene el doctor Raúl Mejía, Investigador del Centro de Estudios de Estado y Sociedad (CEDES).
Argentina es el primer consumidor mundial de bebidas azucaradas (gaseosas) y su consumo alcanza los 130 litros por persona por año aproximadamente.
Análisis de la actual normativa para reducir el consumo de bebidas azucaradas
Según el informe “B.A.S.T.A – Bebidas Azucaradas, Salud y Tarifas en Argentina” elaborado por el CEDES, en pos de garantizar el derecho a una alimentación adecuada –consagrado en numerosos tratados internacionales de derechos humanos- lo correcto sería formular políticas públicas que disminuyan el consumo de bebidas azucaradas en nuestro país. Es decir, más que reemplazarlas por bebidas con edulcorantes, lo ideal sería tomar medidas para desincentivar la compra de alimentos no saludables.
En dicho informe, la Abogada Paola Bergallo analiza la actual normativa que se emplea en el mundo en general y en América Latina en particular para reducir el consumo de bebidas azucaradas. “Descubrimos que se están realizando ambiciosos esfuerzos en la región para combatir la obesidad y en particular, restringir la ingesta de bebidas azucaradas. Argentina se encuentra comparativamente retrasada con respecto a estas iniciativas”, sostiene la doctora en Derecho en dicho informe.
La Ley Nº 26.396 “Ley de Obesidad” no prohíbe a los quioscos y bares de los establecimientos educativos la venta de ningún producto; sólo establece que deben incluir alimentos saludables en su oferta. Si bien la ley intentó regular la publicidad de alimentos y bebidas poco saludables, incluyendo mensajes de advertencia sobre los riesgos que su consumo pueden producir para la salud, esta disposición fue vetada por el Poder Ejecutivo. Tampoco existen políticas impositivas de etiquetado frontal en el país. Cabe aclarar que la ley sigue en la mayoría de sus artículos sin haber sido reglamentada lo que dificulta su correcta implementación.