La Justicia Federal resolvió multar a una de las talabarterías más importantes del país con 180 mil pesos por vender productos con pieles de yaguareté, una de las especies más amenazadas del país y cuya venta se encuentra prohibida desde 1981.
En 2001 se sancionó la Ley Nº 25.463 que declaró al yaguareté Monumento Natural Nacional, máxima categoría de protección para una especie.
Si bien la Sala I de la Cámara Contencioso Administrativa reconoció que el dueño de la talabartería Arandú había comprado las pieles antes de que se sancionara la ley, en su fallo consideró que pesó más el hecho de que se insistiera en ponerlas a la venta, aún cuando está prohibido desde hace más de 30 años.
«En esta ocasión el comercio en jurisdicción federal es la más relevante, ya que se intentó comercializar piel de yaguareté, que es una especie altamente protegida en nuestro país, cuya comercialización se encuentra prohibida», explica el fallo.
El yaguareté puede pesar entre 70 y 130 kilos, y desde el lomo al suelo mide 80 centímetros. El pelaje tiene un color de base amarillo anaranjado, salpicado de rosetas negras dispuestas irregularmente.
De esta manera, la Cámara terminó fallando a favor de la Secretaría de Ambiente y Desarrollo Sustentable de la Nación que inició una acción judicial en 2013 contra Arandú, una conocida talabartería porteña, por vender una montura para caballo confeccionada con adornos hechos con piel de este felino.
Fuente: Noticias Ambientales